Anexo a la Solicitud de Mutuo San Germán

El presente Anexo forma parte integrante de la Solicitud de Mutuo, en adelante la SOLICITUD DE MUTUO, vigente entre (Nombre y Apellido) con Documento Nacional de Identidad Nº (_) domiciliado en (_), en adelante el SOLICITANTE, y Wenance S.A. con CUIT 30-70804498-5 y domicilio en Vuelta de Obligado 1947, 3B, CP 1428 C.A.B.A., en adelante el MUTUANTE.

 

PRIMERA: El SOLICITANTE acepta, reconoce y presta el consentimiento de ley para la contratación de un seguro de vida colectivo (el “Seguro de Vida”) por un capital máximo asegurado de $100.000,00 (Pesos cien mil).

 

El Seguro de Vida asegura al SOLICITANTE en forma exclusiva en caso de fallecimiento e invalidez total y permanente, de acuerdo con las condiciones generales y particulares de la póliza y entrará en vigencia a partir de las 23.59hs. del día en el cual se acredite la asistencia financiera en la Cuenta Sueldo del SOLICITANTE, finalizando a las 00.00hs del día en el cual el cliente cancele totalmente la asistencia financiera.

 

SEGUNDA:  El SOLICITANTE se obliga a pagar al MUTUANTE la suma de $ 150 (Pesos ciento cincuenta) en (_) cuotas mensuales, iguales y consecutivas de $ (_) cada una de ellas con vencimiento el (_)° día hábil de cada mes, comenzando la primera el día (_) de (_) de (_). En el supuesto que algún vencimiento operase en día inhábil, se trasladará al día hábil siguiente.

 

En virtud de la autorización conferida por el SOLICITANTE al MUTUANTE en la SOLICITUD DE MUTUO que integra el presente, los importes detallados precedentemente serán descontados de la cuenta bancaria del SOLICITANTE mediante la operatoria de Débito Directo correspondiente al Sistema Nacional de Pagos (SNP), reglamentado por la comunicación “A” 2.559 de Banco Central y sus modificatorias.

 

TERCERA: El Seguro de Vida es otorgado por San Germán Seguros S.A., CUIT 30-712234459-4, con domicilio en Maipú 255, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Teléfono (54 11) 4327 0050, mail [email protected].

 

CUARTA: El SOLICITANTE declara haber sido informado sobre el alcance y las condiciones de acceso al producto, en adelante el PRODUCTO, con carácter previo a la contratación del mismo y declara conocer y aceptar que las condiciones generales del PRODUCTO prestado por San Germán Seguros S.A.,  pueden ser solicitadas en cualquier momento mediante correo electrónico dirigido a  [email protected] y/o [email protected]

 

No obstante lo anterior, el SOLICITANTE recibirá en su correo electrónico el certificado de cobertura individual dentro de los 5 (cinco) días hábiles contados a partir de la fecha de entrada en vigencia del Seguro de Vida. En el certificado individual se establecerán los derechos y obligaciones de las partes, así como también el monto del capital asegurado, la fecha de su entrada en vigor, riesgos no cubiertos y causales de terminación de la cobertura.

 

Ante cualquier consulta y/o reclamo vinculado con el alcance y la prestación del PRODUCTO, el SOLICITANTE deberá dirigirse exclusivamente a San Germán Seguros S.A. con domicilio en Maipú 255, Piso 14, C1084ABE, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Tel.: (54 11) 4327 0050. [email protected]

 

QUINTA: Sin perjuicio de las causales de terminación de la cobertura informadas en las condiciones generales y particulares de la póliza, el Seguro podrá ser dado de baja en forma automática sin necesidad de interpelación previa en caso que el SOLICITANTE abone fuera de término los importes que correspondan a la prima y/o el Mutuo otorgado por Wenance.

 

SEXTA: La renovación y/o refinanciación de la SOLICITUD DE MUTUO no implicará la renovación automática del PRODUCTO.

 

En prueba de conformidad, a los (_) días del mes de (_) de (_).

 

SE INFORMA AL SOLICITANTE QUE POSEE EL DERECHO DE REVOCAR LA PRESENTE SOLICITUD DENTRO DE LOS 10 (DIEZ) DÍAS CORRIDOS DE ACEPTADA LA SOLICITUD, O DÍA HÁBIL SIGUIENTE, EN LOS TÉRMINOS DEL ART. 1110 DEL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIALDE LA NACIÓN, MEDIANTE COMUNICACIÓN FEHACIENTE AL DOMICILIO DEL MUTUANTE Y DEBERÁ REEMBOLSAR A MUTUANTE TODAS LAS SUMAS QUE HAYA PERCIBIDO DENTRO DEL MENCIONADO PLAZO, EN CUYO CASO SE DEBERÁN LOS INTERESES Y GASTOS, EN CASO DE CORRESPONDER.

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