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Publicado el 19 noviembre, 2020

¿Cómo saber si estoy en el veraz?

Conocer si una persona o compañía forma parte del veraz -es decir, si cuenta con deudas que pueden generar inconvenientes legales- puede saberse con muy poca documentación: Con tan solo los números del DNI, CUIT O CUIL es posible acceder a la base de datos que administra el Banco Central de la República Argentina (BCRA). Conocer si un individuo forma parte de este listado es importante no solo para cerciorarse de las dudas existentes sino también para evaluar las posibilidades que tiene de acceder a un producto financiero tales como los préstamos con veraz.

Formar parte del veraz implica que la persona tiene un registro negativo de pagos y que, en consecuencia, pierde confiabilidad para el sistema financiero. De hecho, puede ocasionar inconvenientes para acceder a una vivienda, tarjeta de crédito o incluso solicitar créditos. Para aquellas personas que requieren préstamos con veraz, pueden adquirirlo en Welp, porque no es el único elemento que tomamos en cuenta para crear el perfil crediticio de un usuario. Y comprendemos que muchas personas buscan acudir a un préstamo personal para saldar las deudas existentes.

 

Acceso al listado 

El Banco Central es la fuente de información del listado y por ello es la entidad que ofrece a todas las personas el acceso gratuito y libre del mismo mediante su plataforma online. 

Ingresando en la dirección web usuariosfinancieros.gob.ar se puede visualizar un formulario que, una vez completado con los datos requeridos, deriva al estadío de deudas bancarias o crediticias de un usuario. Es decir que informa sobre los cheques rechazados de una persona y las deudas de las tarjetas de crédito o préstamos bancarios solicitados.

 

Clasificaciones de deudores 

Cada persona es calificada en una escala que va del 1 al 6 para determinar su estado de deudor: 

  1. Normal: Atraso en el pago que no supere los 31 días.
  2. Riesgo bajo: Atraso en el pago de más de 31 y hasta 90 días desde el vencimiento.
  3. Riesgo medio: Atraso en el pago de más de 90 y hasta 180 días.
  4. Riesgo alto: Atraso en el pago de más de 180 días hasta un año.
  5. Irrecuperable: Atrasos superiores a un año.
  6. Irrecuperable por disposición técnica: Deuda con una exentidad. Se deberá aclarar la situación con la exentidad que hubiera otorgado en su momento una financiación, consultando al administrador.

 

Por último, el BCRA también incluye, en el detalle de sus informes, desde qué fecha una persona física o jurídica está en el nivel 1, para clarificar aún más la situación de aquellos que están más cerca de la regularización.



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